Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAP/1337/2016, de 27 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas del Fondo Social Europeo previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto de la garantía juvenil.
Las presentes bases tienen por objeto articular la gestión de las ayudas del Programa Operativo de Empleo Juvenil (POEJ), del Fondo Social Europeo, conforme a lo previsto en el eje prioritario 5, para la integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en los sistemas de educación ni formación, en el contexto de Garantía Juvenil.
Beneficiarios:
- Los Ayuntamientos de municipios con población superior a 50.000 habitantes.
- Los Ayuntamientos de las capitales de provincia cuya población sea igual o inferior a 50.000 habitantes.
- Las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares y Comunidades Autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las Diputaciones Provinciales, que lleven a cabo proyectos que aglutinen actuaciones en municipios cuya población acumulada totalice más de 50.000 habitantes.
- Los organismos autónomos dependientes de cualquiera de las entidades señaladas en los apartados anteriores.
Presentación de solicitudes:
Las solicitudes se presentarán en el plazo de 40 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que iniciará el procedimiento de concesión de la ayuda.
Normativa:
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