El pasado 8 de noviembre ha sido publicada la ORDEN 24/2016, de 2 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de los proyectos T´AVALEM, en desarrollo del programa mixto de Empleo-Formación Garantía Juvenil.
El objeto de la presente orden es aprobar las bases reguladoras de los proyectos T´AVALEM, en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
Entidades beneficiarias:
- Las entidades locales territoriales de la Comunitat Valenciana, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales. Otros entes públicos dependientes de la Administración de la comunidad autónoma.
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades, todas ellas sin ánimo de lucro.
- Las mancomunidades y otras agrupaciones de entidades con personalidad jurídica propia que cuenten explícitamente entre sus principales fines constitutivos con el fomento del empleo; de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 de la LGS, los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero tendrán igualmente la consideración de entidad beneficiaria.
Personas destinatarias: jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 que cumplan los requisitos mínimos recogidos en el art. 4 de esta Orden.
Duración de los proyectos: Las convocatorias fijarán la duración de los proyectos T’Avalem que se desarrollarán en un periodo de entre seis meses, equivalentes a 960 horas y doce meses equivalentes a 1.920 horas de formación en alternancia con el trabajo o la práctica profesional, que también estará dirigida al aprendizaje, la cualificación y adquisición de experiencia profesional, a cuyos efectos se dedicará a formación teórica un mínimo del 25% de la duración del proyecto.
Las solicitudes se presentarán en la forma y plazo que establezca la correspondiente convocatoria, en la que asimismo se especificará la documentación acreditativa de los requisitos para obtener la subvención.
La concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva,
Entrada en vigor: 9 de noviembre de 2016
Para más información, se adjunta el texto íntegro de la Orden.
Normativa:
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