Le informamos de la publicación de la convocatoria del programa de ayudas RE-ACTIVA, gestionadas por València Activa (Ayuntamiento de Valencia).

Al respecto, le facilitamos el acceso al Programa de Subvención Re-Activa.

 El objetivo de las ayudas es dar soporte a las personas autónomas, microempresas y pequeñas empresas de la ciudad de València para minimizar el impacto económico de la crisis provocada por el COVID-19.

 Las ayudas van dirigidas a todas aquellas personas físicas o jurídicas que lleven a cabo actividades empresariales y cumplan los siguientes requisitos:

  • La actividad económica se desarrolla por una persona autónoma, microempresa o pequeña empresa (definidas conforme al Reglamento 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014).
  • La actividad económica desarrollada se ha visto afectada por:

o   cierre de establecimientos dispuesto en el Real Decreto 465/2020 de 17 de marzo, o

o   reducción de la facturación en el mes anterior a la solicitud de al menos el 75 % en relación al semestre anterior a la declaración del Estado de Alarma.

  • La actividad económica afectada no se ha visto compensada por incrementos de facturación generados por venta online o negocio telefónico.
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social o Mutua profesional correspondiente y en Hacienda.
  • Domicilio fiscal y en su caso, el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con Hacienda, la TGSS y el Ayuntamiento de València (en caso de tener concedido un aplazamiento se deberá presentar la resolución de concesión del mismo junto con el último certificado de deudas adjuntos a la solicitud).
  • Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida por el Ayuntamiento de València.

 El presupuesto destinado a estas ayudas de 1.404.000 €, ampliable hasta un total del 3.760.000 €, y se distribuirá de la siguiente manera:

  • 3.000 € a personas físicas o jurídicas (con o sin trabajadores) que se hayan visto afectadas por el cierre de establecimientos dispuesto en el Real Decreto 465/2020.
  • 2.000 € a personas físicas o jurídicas (sin trabajadores) que no se hayan visto afectados por el cierre de establecimientos dispuestos en el Real Decreto 465/2020, que hayan sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de al menos el 75 % en relación al semestre natural anterior a la declaración del Estado de Alarma.
  • La cuantía fija concedida se incrementará en 2.000 € en el caso de tener hasta 9 trabajadores (inclusive) y en 3.000 € en el caso de tener entre 10 y 49 trabajadores(inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020.

 Concurrencia con otras subvenciones: Se trata de subvenciones sometidas al régimen de minimis.

 La forma y plazo de presentación de solicitudes puede consultarse en la convocatoria.

 La solicitud debe hacerse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valencia [https://sede.valencia.es/sede/] en el apartado “Trámites”, “Actividad económica, empleo y consumo” al que pueden acceder a través de este enlace. Es necesario disponer de Certificado digital o sistema de Clave concertada.

 El plazo de presentación se inicia el día 1 de abril de 2020 y será de 20 días hábiles.

Documentación:

BOP Valencia 30 marzo 2020

Bases Ayudas Re_Activem

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