Se ha publicado en el DOCV de hoy la Resolución de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan las ayudas 2016 a la promoción exterior, con el objeto de favorecer la internacionalización de empresas y la promoción de los productos de la Comunitat Valenciana. 

Actuaciones subvencionables

  1. a) Participación de empresas de forma agrupada o individual en alguno de los certámenes feriales y eventos que se describen en la Resolución de la convocatoria (artículo quinto), durante el 2016.

Se consideran subvencionables los gastos de contratación del espacio en dichos certámenes (metros cuadrados).

  1. b) Promoción exterior de asociaciones sectoriales y cámaras de comercio de la Comunitat Valenciana, que participen en misiones comerciales o ferias internacionales representando a su entidad, durante el 2016.

Se consideran subvencionables los gastos de alojamiento y desplazamiento de un representante de la entidad.

Subvención

Hasta el 50 % de los gastos subvencionables (IVA excluido). El presupuesto máximo elegible de la solicitud de cada empresa es 150.000 €.

Solicitudes

La presentación de solicitudes junto con la documentación requerida en la convocatoria, se realizará de forma telemática a través de la web de la Generalitat: http://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/sel_buscador#.

Plazo

15 días hábiles a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOCV.

Normativa de aplicación

– Convocatoria: Resolución de 12 de septiembre de 2016, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se convocan las ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2016 (DOCV de 21/09/2016)

– Extracto de la Convocatoria (DOCV de 21/09/2016)

– Bases reguladoras: Orden 13/2016, de 2 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de internacionalización (DOCV de 08/08/2016)

Más información

Procedimiento GVA: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=16796&version=amp

Corrección de errores.

En el apartado a) de las actuaciones apoyables, solamente podrán ser beneficiarios las PYMES. No se incluyen al resto de empresas.

Asimismo, aprovecho para informarle que el plazo de presentación de solicitudes concluye el 8 de octubre de 2016, y que la Conselleria ha habilitado los siguientes teléfonos para resolver cualquier duda sobre estas ayudas: 961209539 / 961209540.