En el día de hoy se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2025, de la Dirección General, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de acciones formativas con compromisos de contratación dirigidas a personas desempleadas del programa «Formación a medida de las empresas», con cargo al ejercicio 2025, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
Objeto: En el programa de «Formación a medida de las empresas» serán objeto de financiación las acciones formativas dirigidas a personas desempleadas que incluyan compromisos de contratación por parte las entidades beneficiarias. El compromiso de contratación se establecerá sobre un porcentaje del total de las personas trabajadoras desempleadas formadas, que no podrá ser inferior al 40 % de estas. Se entenderá cumplido este compromiso de contratación si en el plazo y modos de justificación se acredita la contratación laboral del alumnado en los términos establecidos en la convocatoria.
Entidades beneficiarias: las empresas o las asociaciones empresariales, así como los centros y entidades de formación públicas o privadas, con presencia en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con los requisitos que se establezcan en la convocatoria.
Cuantía de la financiación: Se destina para atender las subvenciones un importe global máximo de 2.500.000,00 euros con cargo a la línea de subvención S1487 del capítulo IV del subprograma 322C02, del presupuesto de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación para 2025, que se distribuirá provincialmente en función del paro registrado.
Procedimiento y plazo de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día 27 de septiembre de 2025.
Plazo de inicio y finalización de las acciones formativas:
Los cursos deberán iniciarse en el plazo máximo de 2 meses desde la fecha de notificación de la resolución de concesión, salvo que por estar impartiendo formación las aulas no se encuentren disponibles en cuyo caso dicho plazo se contará a partir del momento en que finalicen las referidas acciones formativas, fecha que deberá ser comunicada al personal técnico de formación. Sin perjuicio de lo anterior, los cursos se iniciarán, en todo caso, antes del 31 de enero de 2026 . Las acciones formativas finalizarán, con carácter general, antes del 1 de septiembre de 2026. No obstante, las acciones formativas cuya duración sea igual o superior a 600 horas deberán finalizar con anterioridad al 31 de octubre de 2026.
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