El día 19 de mayo se ha publicado en el BOP la convocatoria de las ayudas municipales “València Activa Emplea 2017” promovidas por el Ayuntamiento de Valencia a través de la Concejalía de Empleo y Emprendimiento.

El objeto de esta convocatoria es fomentar el empleo estable y de calidad, por medio del establecimiento de ayudas económicas destinadas a favorecer la contratación indefinida, a tiempo completo, en el municipio de Valencia, así como fomentar la inserción laboral de colectivos con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo, a través de los siguientes programas:

Programa I: Fomento de la contratación indefinida inicial a tiempo completo. Requisitos:

  • Que la contratación suponga un aumento del empleo neto en la empresa respecto de la media de los doce meses anteriores.
  • No haber disfrutado de las Ayudas a la Contratación o las Ayudas València Activa Emplea en los ejercicios 2015 ó 2016.

Programa II: Fomento de la contratación indefinida a través de la conversión de contratos de duración determinada o temporales en indefinidos a tiempo completo. Requisitos:

  • Que la contratación suponga el mantenimiento del empleo neto en la empresa respecto de la media de los doce meses anteriores.
  • Que el contrato de duración determinada o temporal esté vigente en el momento de su transformación.
  • Que la conversión del contrato en indefinido se realice sin que el contrato de duración determinada o temporal haya superado su duración máxima de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 15 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Beneficiarios:

Pueden solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquiera otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tengan personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actividades que motivan la concesión de la subvención y siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la persona o entidad que solicita la subvención tenga el domicilio fiscal en el término municipal de Valencia. No podrán ser beneficiarias las empresas o personas autónomas que cumplan este requisito por haber trasladado el domicilio fiscal al término municipal de Valencia posteriormente al 1 de enero de 2017.
  • Que el número total de personas trabajadoras de la empresa no sea superior a 49.
  • No haber solicitado u obtenido otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad.
  • En caso de comunidades de bienes y sociedades civiles, debe nombrarse una persona representante apoderada.
  • No tener deuda con el Ayuntamiento de Valencia.
  • Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de Valencia, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y frente a la Seguridad Social.

Conceptos Subvencionables:

Por la formalización de cada contrato indefinido a tiempo completo o por la transformación de un contrato temporal en un contrato indefinido a tiempo completo, una subvención de 5.000 € por la persona contratada, que serán 6.000 € en caso de que la persona contratada tenga alguna de las características siguientes: a partir de 45 años, persona desempleada inscrita ininterrumpidamente en su centro SERVEF un mínimo de 12 meses, mujer o discapacitada con grado igual o superior al 33%.

Cuando la persona contratada tenga hasta 30 años de edad, la cuantía de la subvención será de 7.000 €.

Estas ayudas quedan limitadas a una contratación por beneficiario. No se concederá más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por diferentes empresas o personas autónomas.

La cuantía total destinada a estas ayudas asciende a: 400.000 €.

Plazo de presentación de solicitudes: treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Publicado a fecha de 19 de mayo de 2017.

Presentación de solicitudes:

Las solicitudes deberán presentarse en impreso normalizado en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Valencia o en la Sede Electrónica Municipal.

Las ayudas se otorgarán hasta agotar el crédito disponible, siguiendo la orden de relación establecido por la fecha y hora en la que la solicitud completa haya tenido entrada en el Ayuntamiento de València.

 

Normativa:

Anuncio del Excelentísimo Ayuntamiento de Valencia sobre convocatoria de las Ayudas municipales València Activa Emplea 2017. (BOP 19/05/2017).

Más información

Convocatoria